El presidente Gustavo Petro afirmó que está separado “hace años” de Verónica Alcocer. La revelación, hecha en medio de la controversia por la Lista Clinton que incluyó al mandatario y a su entorno, desató una nueva discusión: ¿podría Alcocer ser investigada por uso de recursos públicos o por eventuales vínculos indirectos con sanciones internacionales?
Juristas consultados sostienen que la vida personal del jefe de Estado no impide que autoridades administrativas o judiciales evalúen la actuación pública de quien ostentó el rol de primera dama. La conversación revive cuestionamientos sobre comitivas, gastos de imagen y viajes que, según investigaciones periodísticas, superaron los $1.000 millones durante el actual Gobierno.
La frase de Petro sobre la separación llegó tras la tormenta política por las sanciones de la OFAC. La inclusión del mandatario, de Verónica Alcocer y de familiares en la llamada “Lista Clinton” tensó el ambiente político y financiero. Si bien las sanciones se dirigen a personas y no a cargos, su efecto reputacional y bancario es inmediato.
Especialistas en cumplimiento financiero recalcan que la condición conyugal no frena pesquisas sobre la participación de terceros en eventos oficiales, uso de recursos públicos o contrataciones asociadas a funciones protocolarias. En términos administrativos, la separación no extingue la trazabilidad del gasto cuando proviene del erario.
En 2024, reportajes de investigación detallaron comitivas para la agenda de Alcocer con maquillador, fotógrafo y asesores, con costos superiores a $1.000 millones. En su momento, el Gobierno defendió que las actividades de la primera dama buscaban propósitos sociales y culturales, y que los desplazamientos respondían a invitaciones oficiales.
Ahora, con la confirmación de la separación, surge una nueva pregunta: si Alcocer no recibía recursos desde hace tiempo, ¿cómo se financiaron traslados, equipos y logística en algunos viajes? Las órdenes de servicio, contratos y tiquetes podrían ser objeto de verificación fiscal por parte de entes de control.
Juristas consultados añaden que, si bien la Lista Clinton es un instrumento extraterritorial de Estados Unidos, su impacto en Colombia puede traducirse en alertas de cumplimiento para bancos y proveedores estatales, que tienden a intensificar debida diligencia sobre personas mencionadas o sus entornos.
Las autoridades colombianas, de abrirse indagaciones, deberían diferenciar con claridad lo personal de lo público: el foco estaría en gasto, contratación, protocolos de viajes y mandatos que avalaron comitivas. En paralelo, la defensa de Alcocer podría invocar buena fe, rol protocolario y ausencia de manejo de presupuestos.
La discusión no es nueva en la región: primeras damas en otros países han sido objeto de control político por gastos de representación y uso de aviones o equipos de imagen. El estándar internacional exige transparencia, publicación de agendas y soportes contractuales.
De momento, no existe decisión judicial en firme contra Alcocer. Sin embargo, el clima político tras la Lista Clinton, sumado a la admisión de separación, coloca en primer plano la rendición de cuentas sobre actividades, equipos y viajes amparados por instancias del Estado.
En el frente político, la oposición pidió aclarar si la figura de la primera dama mantuvo comitivas con cargo al presupuesto estando separada del Presidente. Sectores del Gobierno alegan que Alcocer ha cumplido labor social y que cualquier contratación se hizo bajo normas vigentes.
En el sistema financiero, bancos y contratistas podrían reforzar controles KYC/AML frente a personas mencionadas en la Lista Clinton, afectando pagos, cuentas y contratos. Si hubiera investigaciones internas, el acceso a servicios podría restringirse temporalmente.
El caso mezcla vida privada, gasto público y sanciones internacionales. Sin decisiones de fondo aún, el debate apunta a documentos, contratos y soportes. La clave será comprobar cómo, quién y bajo qué reglas se financiaron actividades y comitivas
