En una decisión de primera instancia en Bogotá, un juzgado condenó a dos miembros de la Policía Nacional por su responsabilidad en las interceptaciones ilegales a las líneas de Marelbys Meza y Fabiola Perea, exempleadas de Laura Sarabia. Se trata del capitán Carlos Andrés Correa y del patrullero Jhon (John) Fredy Morales Cárdenas, a quienes la juez impuso penas que oscilan entre 11 y 12 años de prisión, además de inhabilidades para ejercer cargos públicos y multas económicas.
La condena se sustenta en los delitos de fraude procesal, falsedad ideológica en documento público y violación ilícita de comunicaciones. Según el fallo, los acusados falsificaron documentos para inducir a error a autoridades judiciales y obtener la interceptación de las líneas, en hechos ocurridos a partir de enero de 2023, cuando Meza y Perea trabajaban para Sarabia.
La investigación estableció que los uniformados presentaron informes y solicitudes con información alterada para simular que se trataba de pesquisas contra redes criminales, cuando en realidad buscaban pinchar a las trabajadoras domésticas. El juzgado concluyó que hubo manipulación de actuaciones para conseguir las escuchas de manera acelerada.
De acuerdo con los detalles del proceso, el capitán Correa y el patrullero Morales actuaron coordinadamente en la elaboración de documentos y oficios que terminaron avalando órdenes de interceptación, pese a que no existía sustento probatorio real.
En el expediente se recoge que las víctimas fueron sometidas a interceptaciones en el marco del escándalo que estalló tras la pérdida de una suma de dinero en la residencia de Sarabia. El caso tomó relevancia pública al involucrar a funcionarios de alto nivel y a agencias de seguridad que, según la justicia, desviaron procedimientos legales.
Además de la cárcel, el fallo contempla multas que, en el caso del capitán, superan los 400 salarios mínimos, y medidas de inhabilidad superiores a 13 años para ejercer función pública. La sentencia también reitera que la ilícita interceptación de comunicaciones es una conducta de alta gravedad por su impacto en derechos fundamentales.
El juzgado precisó que la responsabilidad penal recae directamente sobre los dos uniformados por inducir a la expedición de órdenes con base en falsedades. La decisión podrá ser apelada por las defensas, que no descartaron acudir a tribunales superiores.
Fuentes judiciales indican que por este mismo entramado han existido otros procesos y decisiones previas contra servidores involucrados en las chuzadas a Meza, lo cual ha construido un precedente frente al uso abusivo de herramientas de investigación.
A nivel comparado, Colombia ha conocido condenas similares por interceptaciones ilegales en la última década, con penas de dos dígitos cuando se comprueba la manipulación de documentos y el engaño a autoridades judiciales.
Reacciones y consecuencias. La defensa de Meza valoró la decisión como un paso hacia la verdad y la reparación, mientras organismos de control insistieron en la necesidad de blindar los protocolos de interceptación para evitar nuevos abusos. Voces de la sociedad civil subrayaron que la justicia debe llegar también a quienes ordenaron o toleraron las prácticas.
Desde sectores políticos se pidió acelerar las investigaciones complementarias sobre cadenas de mando y responsabilidades administrativas. Expertos en derecho penal recordaron que el fraude procesal y la falsedad cuando se usan para intervenir comunicaciones erosionan la confianza en el sistema de justicia y ameritan sanciones ejemplares.
Cierre. La sentencia marca un hito en el caso de las “chuzadas” y envía un mensaje de tolerancia cero frente a la manipulación de procesos. El expediente seguirá bajo revisión de instancias superiores.
